Querida familia Montessori, junto con saludar les compartimos las siguientes infografías sobre los derechos de las personas con Trastorno del Espectro Autista.
También encuentran aquí enlaces de interés:
Artículo 24.- Ley 21.545 “Difusión de derechos de las personas con trastorno del espectro autista. En los establecimientos de salud, educacionales, bancarios y en todos aquellos que sean de amplia concurrencia se deberá contar con carteles u otros formatos de comunicación en los cuales se señale que las personas con trastorno del espectro autista deben recibir un trato digno y respetuoso en todo momento y en cualquier circunstancia, y que respecto de ellas debe adoptarse un lenguaje claro y sencillo en las atenciones que se les brinden. Lo anterior, se encuentra señalado en la REX N°0586 que aprueba “la circular que imparte instrucciones referidas a la promoción de la inclusión, la atención integral y la protección de los derechos de párvulos y estudiantes con trastorno del espectro autista”, de esta Superintendencia de Educación, la cual ya se encuentra vigente.